Artículo 359
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
El tutor testamentario que se excusare de la tutela aun con causa legítima o que fuese removido por su mala administración, quedará sujeto a lo que para tales casos se dispone en el Título De la sucesión testamentaria. (Artículo 843). (*)