Artículo 149
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Capacidad). Toda persona puede atestiguar, sin perjuicio de la facultad del tribunal de apreciar el valor de su testimonio.