Artículo 1917
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los socios tienen entre sí el beneficio de competencia por sus deudas a la sociedad. (Artículo 1495).
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los socios tienen entre sí el beneficio de competencia por sus deudas a la sociedad. (Artículo 1495).