Artículo 186
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
El matrimonio se disuelve:
1º.- Por la muerte de uno de los cónyuges.
2º.- Por el divorcio legalmente pronunciado. (*)