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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 280

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO III - DE LOS MODOS DE ACABARSE, PERDERSE O SUSPENDERSE LA PATRIA POTESTAD

La patria potestad se acaba:

1º.- Por la muerte de los padres o de los hijos.

2º.- Por la mayor edad de los hijos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Título <i>Del Matrimonio</i>.

Se fija la mayor edad en los dieciocho años cumplidos.

3º.- Por el matrimonio legítimo de los hijos.

Los menores que contrajeran matrimonio con anterioridad a los dieciocho años (inciso primero del artículo 91 requerirán autorización judicial para realizar los actos a que refieren los artículos 309 y 310 hasta que hayan cumplido dicha edad. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 16.719 de 11/10/1995 artículo 1.
  • Ver en esta norma, artículos: 91, 309, 310, 328, 1280 y 1939.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994 artículo 280.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 16.719 · 11/10/1995

La patria potestad se acaba:

1º.- Por la muerte de los padres o de los hijos.

2º.- Por la mayor edad de los hijos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Título <i>Del Matrimonio</i>.

Se fija la mayor edad en los dieciocho años cumplidos.

3º.- Por el matrimonio legítimo de los hijos.

Los menores que contrajeran matrimonio con anterioridad a los dieciocho años (inciso primero del artículo 91 requerirán autorización judicial para realizar los actos a que refieren los artículos 309 y 310 hasta que hayan cumplido dicha edad. (*)

Anterior Texto original Norma · 19/10/1994

La patria potestad se acaba:

1º.- Por la muerte de los padres o de los hijos.

2º.- Por la mayor edad de los hijos, que se fija en los veintiún años cumplidos.

3º.- Por el matrimonio legítimo de los hijos.

4º.- Por la emancipación que los padres otorguen a los hijos mayores de dieciocho años.

**La supresión del inc. 3º del numeral 2º surge del art. 1º de la Ley

10.783 de 18/9/46.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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