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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1852

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Los carpinteros, herreros y demás obreros que hacen directamente obras por un tanto, en lo relativo a su especialidad, están sujetos a las reglas arriba prescriptas y son empresarios en la parte sobre que contratan.

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