Artículo 24
Ley Orgánica Municipal · Ley N.º 9.515 de 1935
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Si la Junta desaprobara el proyecto devuelto por el Intendente, quedará suprimido por entonces y no podrá ser presentado de nuevo hasta el año siguiente.