Artículo 45 · Facultades del tribunal
Ley Integral contra el Lavado de Activos · Ley N.º 19.574 de 2017
Texto vigente al 13 de septiembre de 2026
(Facultades del tribunal).- El tribunal penal competente podrá:
A) Apreciar la necesidad de la medida, pudiendo disponer otra si la
entiende más eficiente.
B) Establecer su alcance y término de duración.
C) Disponer la modificación, sustitución o cese de la medida
cautelar adoptada.