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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 21 · Asignación familiar

Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central · Ley N.º 19.121 de 2013

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

TÍTULO I DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS DEL PODER EJECUTIVO › CAPÍTULO II CONDICIONES DE TRABAJO, DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Asignación familiar).- Los funcionarios públicos cuyas remuneraciones sean atendidas con rubros del Presupuesto General de Sueldos y Gastos o con cargo a leyes especiales, tendrán el beneficio de la asignación familiar, en las condiciones establecidas en la normativa específica de la materia.

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