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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 32 · Aptitud para contratar

Ley de Participación Público-Privada · Ley N.º 18.786 de 2011

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

CAPÍTULO VI APTITUD E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR

(Aptitud para contratar).- Solo podrán contratar con la Administración Pública, en el marco de la presente ley, personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras plenamente capaces, que no estén comprendidas en una prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y condiciones exigidos en cada caso.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 63 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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