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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 214 · Oportunidad de suscripción del acuerdo

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO XI - ACUERDO PRIVADO DE REORGANIZACION › CAPÍTULO I - CELEBRACION DEL ACUERDO

(Oportunidad de suscripción del acuerdo).- Antes de la declaración judicial de concurso el deudor podrá suscribir un acuerdo privado de reorganización con acreedores representativos del 75% (setenta y cinco por ciento) del pasivo quirografario con derecho a voto.

Será de aplicación al acuerdo privado de reorganización lo dispuesto en los artículos 140 y 145.

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 215, 216 y 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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