Artículo 66
Ley de Migraciones · Ley N.º 18.250 de 2008
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Las obligaciones emergentes de los artículos 62, 63, 64 y 65 de la presente ley, son consideradas cargas públicas y su acatamiento no dará lugar a pago o indemnización alguna.