Artículo 87
Plan Nacional de Viviendas · Ley N.º 13.728 de 1968
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(*)
Notas
Versiones de este artículo
(*)
Modifícanse los incisos A) y C) del artículo 87, de la ley N° 13.728, de 17 de diciembre de 1968, que quedarán redactados de la siguiente forma:
"A) La proporción que el plan anual establezca de todos los ingresos provenientes de los impuestos a que hacen referencia los incisos A) y a) del artículo 81.
C) Los recursos provenientes del redescuento, de los préstamos, de las amortizaciones e intereses, de los reembolsos y versiones a que hacen referencia los incisos B), D), E), F), I), J), K) y L) del mismo artículo".
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.