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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 98

Procedimiento administrativo y disciplinario de la Administración Central · Decreto N.º 500/991

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

Las citaciones y notificaciones que se hicieren serán firmadas por las personas citadas o notificadas, sin insertar en la diligencia alegatos ni respuesta alguna, a no ser que la resolución administrativa los autorice para ello. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 163, 199 y 221.

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