Artículo 137
Procedimiento administrativo y disciplinario de la Administración Central · Decreto N.º 500/991
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Los decretos que expida el Poder Ejecutivo y las resoluciones de las que ordene su publicación, serán numerados correlativamente en series que abarcarán cada una, un año completo. Cada serie se indicará con el número 1 se diferenciará con el agregado - separado por un trazo - de las tres últimas cifras del año correspondiente y la inserción de las letras D y R, respectivamente (Ej.: D. 1/991 y R. 1/991).