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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 133

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

D. 59/998 de 4.3.1998.- Alcance objetivo.- A los efectos de las franquicias establecidas en el Capítulo II de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, se entiende que un bien mueble ha sido adquirido cuando, como consecuencia de un contrato de compraventa o de permuta, aquel haya sido recibido en forma real o ficta, o cuando hubiera sido construido por la propia empresa. El beneficio se hará efectivo en el ejercicio en el cual se adquiera o se termine la construcción del bien. (*)

Notas

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