Artículo 155
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Toda acción proveniente de un contrato de aparcería se prescribe al año de producido el hecho que le dió origen.
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Toda acción proveniente de un contrato de aparcería se prescribe al año de producido el hecho que le dió origen.