Artículo 51
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Comunicaciones entre el Ministerio Público y la autoridad administrativa). Las comunicaciones que los fiscales y la autoridad administrativa deban dirigirse con relación a las actividades de investigación de un caso particular, se realizarán en la forma y por los medios más expeditivos posibles.