Artículo 257
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(La denuncia). Cualquier persona podrá poner en conocimiento del Ministerio Público la comisión de un presunto hecho delictivo. También podrá formularse la denuncia ante la autoridad administrativa competente o ante cualquier tribunal con competencia penal, los que deberán remitirla inmediatamente al Ministerio Público.