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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 18

Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

LIBRO I DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO II - DE LOS SUJETOS PROCESALES › CAPÍTULO I - EL TRIBUNAL › SECCIÓN I - DISPOSICIONES GENERALES

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Organización). La justicia en materia penal será impartida por la Suprema Corte de Justicia, los Tribunales de Apelaciones en lo Penal, los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal, los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Interior con competencia en materia penal, los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia, los Juzgados de Faltas y los Juzgados de Paz Departamentales, en el marco de la competencia atribuida constitucional o legalmente.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 403 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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