Artículo 168
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Reconocimiento). El reconocimiento es el acto ordenado por el tribunal, por el que alguna persona o cosa determinada es examinada o inspeccionada por aquel, o por las personas cuyo informe o testimonio puede ser conveniente para la investigación.