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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 80

Código de Minería · Aprobado por Decreto-Ley N.º 15.242 de 1982

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Será objeto de condicionamiento particular, dentro del marco de las condiciones básicas:

a) La determinación concreta de las áreas y de los plazos;

b) Las cláusulas de compromisos de la actividad a desarrollar, de la

producción a alcanzar y de las inversiones a realizar;

c) La estipulación de las prestaciones pecuniarias, derechos de

prospección, cánones de superficie y de producción, estableciendo la

cuantía, variabilidad, revisión y períodos de exención, si

correspondiere. (*)

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