Artículo 704
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El mutuario está obligado a entregar la cosa mutuada de la misma cantidad, calidad y bondad, en el plazo y lugar estipulados.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El mutuario está obligado a entregar la cosa mutuada de la misma cantidad, calidad y bondad, en el plazo y lugar estipulados.