Artículo 913
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El legado de una cosa futura vale con tal que llegue a existir. (Artículos 1283 y 1625, inciso 3º y 1671). (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El legado de una cosa futura vale con tal que llegue a existir. (Artículos 1283 y 1625, inciso 3º y 1671). (*)