Artículo 82
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Tampoco podrá pedirse la multa que por parte de uno de los esposos se hubiese estipulado a favor del otro, para el caso de no cumplirse lo prometido.
Pero si se hubiese pagado la multa, no podrá pedirse su devolución. (Artículos 1441 y 1445).