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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 409

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Si el menor hubiese heredado algún establecimiento de comercio o de industria, el Juez de la tutela decidirá si ha de continuar o no, tomando en consideración las circunstancias del caso y oyendo al tutor y al Ministerio Público. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 431.

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