Artículo 192
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La acción de divorcio se extingue absolutamente por la muerte de uno de los cónyuges. (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La acción de divorcio se extingue absolutamente por la muerte de uno de los cónyuges. (*)