Artículo 1736
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Puede agregarse al contrato de venta cualesquiera pactos accesorios lícitos; y se regirán por las reglas generales de los contratos.
Aquí se trata de las cláusulas resolutorias llamadas <i>pacto comisorio, pacto de mejor comprador y retroventa</i>.