Artículo 1510
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
No puede oponerse compensación a la demanda de alimentos ni a la indemnización por algún acto de violencia o fraude. (Artículo 125). (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
No puede oponerse compensación a la demanda de alimentos ni a la indemnización por algún acto de violencia o fraude. (Artículo 125). (*)