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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1273

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La violencia moral no afectará la validez del contrato, sino cuando por la condición de la persona, su carácter, hábitos o sexo, pueda juzgarse que ha debido naturalmente hacerle una fuerte impresión.

Tampoco afectará la validez de los contratos el mero temor reverencial. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 2162.

Ver en IMPO ↗

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