Artículo 1160
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La partición hecha por el difunto no puede ser impugnada por causa de lesión, salvo la excepción del artículo 1123. (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La partición hecha por el difunto no puede ser impugnada por causa de lesión, salvo la excepción del artículo 1123. (*)