Artículo 149
TOCAF. Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado · Aprobado por Decreto N.º 150/012
Texto vigente al 13 de septiembre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Los principios generales de actuación y contralor en materia de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado serán los siguientes:
A) Flexibilidad.
B) Publicidad, igualdad de los oferentes y concurrencia en los procedimientos competitivos para el llamado y la selección de las ofertas.
C) Razonabilidad.
D) Delegación.
E) Ausencia de ritualismo.
F) Materialidad frente al formalismo.
G) Veracidad salvo prueba en contrario.
H) Transparencia.
I) Buena fe.
Los principios antes mencionados servirán de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las disposiciones pertinentes.
Fuente: ley N° 15.903 de 10/nov/987, con el agregado del artículo 659 (ARTICULO VI) de la ley 16.170 de 28/dic/990, con la redacción dada por el artículo 52 de la Ley N° 18.834, de 4/nov/011.