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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 54 · Poderes otorgados en el extranjero

Ley General de Derecho Internacional Privado · Ley N.º 19.920 de 2020

Texto vigente al 13 de septiembre de 2026

CAPÍTULO X - PODERES

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Poderes otorgados en el extranjero).- Los poderes otorgados en el extranjero para ser ejercidos en la República se regularán por los artículos 1° a 12 inclusive de la Convención Interamericana sobre Régimen Legal de Poderes a ser utilizados en el Extranjero (CIDIP-I, Panamá, 1975), aprobada por el Decreto-Ley N° 14.534, de 24 de junio de 1976.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 63 (vigencia).

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