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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 60 · Reparto de bienes decomisados

Ley Integral contra el Lavado de Activos · Ley N.º 19.574 de 2017

Texto vigente al 13 de septiembre de 2026

CAPÍTULO VII - DEL DECOMISO

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Reparto de bienes decomisados).- Será prioritaria la cooperación con otros Estados para lograr el recupero de los bienes involucrados en los delitos de crimen organizado trasnacional. El país podrá suscribir acuerdos de reparto de bienes decomisados producto de dichos delitos.

A los fines de la repartición de los bienes recuperados en cada caso se considerarán su naturaleza e importancia, así como la complejidad y la efectividad de la cooperación prestada por cada uno de los Estados participantes en la recuperación.

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