Artículo 101 · Desaplicaciones
Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central · Ley N.º 19.121 de 2013
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Desaplicaciones).- A partir de la vigencia de la presente ley no serán de aplicación todas aquellas disposiciones generales o especiales que se opongan o que sean contrarias a lo dispuesto por esta.
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior y hasta que se implante en el Inciso respectivo el nuevo sistema de carrera previsto en el presente Estatuto, los funcionarios públicos de la Administración Central, continuarán rigiéndose por las normas vigentes del sistema actual de carrera.