Artículo 32 · Disposición transitoria
Abreviación de los juicios laborales · Ley N.º 18.572 de 2009
Texto vigente al 13 de septiembre de 2026
(Disposición transitoria).- La presente ley se aplicará a las reclamaciones iniciadas a partir de su entrada en vigencia, aún cuando se hubiesen promovido procesos preliminares con anterioridad.