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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 11 · Clases de concurso

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Clases de concurso).- El concurso será voluntario cuando sea solicitado por el propio deudor, a condición de que no exista una solicitud de concurso previa, promovida por alguno de los restantes legitimados legalmente. El concurso será necesario en los restantes casos.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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