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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 108 · Clases de créditos

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO V - FORMACION DE LA MASA PASIVA › CAPÍTULO II - CLASES DE CRÉDITOS

(Clases de créditos).- Los créditos que componen la masa pasiva del deudor se clasificarán en créditos privilegiados, créditos quirografarios o comunes y créditos subordinados.

Por su parte, los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en créditos con privilegio especial y créditos con privilegio general.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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