Artículo 42
Ley de Protección de Datos Personales · Ley N.º 18.331 de 2008
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Medidas provisionales.- Si de la demanda o en cualquier otro momento del proceso resultare, a juicio del tribunal, la necesidad de su inmediata actuación, éste dispondrá, con carácter provisional, las medidas que correspondieren en amparo del derecho o libertad presuntamente violados.