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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 16

Ley de Migraciones · Ley N.º 18.250 de 2008

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

CAPÍTULO IV - DEL TRABAJO DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS

Epígrafe según el texto original de la fuente.

Las personas migrantes tendrán igualdad de trato que las nacionales con respecto al ejercicio de una actividad laboral.

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