Artículo 91
Ley de Reforma Tributaria · Ley N.º 18.083 de 2006
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Exonéranse de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social a las empresas que presten servicios de transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros.
Notas
- Ver en esta norma, artículo: 113 (vigencia).
- Ver: Decreto Nº 280/007 de 06/08/2007 (amplía exoneración al transporte interurbano).