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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 90

Ley de Reforma Tributaria · Ley N.º 18.083 de 2006

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Exoneraciones.- Deróganse a partir de la vigencia de la presente ley todas las exoneraciones y reducciones de alícuotas de aportes patronales de contribuciones especiales de seguridad social al Banco de Previsión Social, con excepción de:

A) Las que refieren a instituciones comprendidas en los artículos 5º

y 69 de la Constitución de la República.

B) Las establecidas a partir de tratados internacionales celebrados

por la República, aprobados a través de normas legales.

C) Las otorgadas a sociedades cooperativas y por las Sociedades de

Fomento Rural de acuerdo a lo establecido por el Decreto-Ley Nº

14.330, de 19 de diciembre de 1974.

Notas

  • Reglamentado por: Decreto Nº 241/007 de 02/07/2007.
  • Ver en esta norma, artículo: 113 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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