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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 7 · Permanencia en el país

Ley de Refugiados. Derecho al refugio y a los refugiados · Ley N.º 18.076 de 2006

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

CAPÍTULO IV - RÉGIMEN DE EXPULSION

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Permanencia en el país).- En los casos de cesación o denegación de la condición jurídica de refugiado, el extranjero podrá optar por permanecer en el territorio nacional, en otra condición migratoria aplicable.

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