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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 4 · Régimen mixto

Ley de la Seguridad Social · Ley N.º 16.713 de 1995

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO II - DEFINICIONES

(Régimen mixto).- El sistema previsional que se crea, se basa en un régimen mixto que recibe las contribuciones y otorga las prestaciones en forma combinada, una parte por el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y otra por el régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio. (*)

Notas

  • Reglamentado por: Decreto Nº 125/996 de 01/04/1996.
  • Ver en esta norma, artículo: 62.

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