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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 365

Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

SUB SECCIÓN IX - DE LA IMPUGNACION DE LAS RESOLUCIONES DE LAS ASAMBLEAS

(Impugnación). Cualquier resolución de la asamblea que se adopte contra la ley, el contrato social o los reglamentos, o que fuera lesiva del interés social o de los derechos de los accionistas como tales, podrá ser impugnada según las normas de esta Sub-Sección, sin perjuicio de la acción ordinaria de nulidad que corresponda por violaciones a la ley. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 512.

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