Artículo 227
Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Publicación). Inscripto el contrato en el Registro Público de Comercio dentro de los sesenta días siguientes se publicará un extracto del mismo, que contendrá la denominación de la sociedad, el nombre de los socios, el capital con determinación de las cuotas de cada socio, el objeto, el plazo, el domicilio y los datos referentes a la inscripción.
Se agregará un ejemplar de cada publicación al legajo de la sociedad. (*)
Notas
Versiones de este artículo
(Publicación). Inscripto el contrato en el Registro Público de Comercio dentro de los sesenta días siguientes se publicará un extracto del mismo, que contendrá la denominación de la sociedad, el nombre de los socios, el capital con determinación de las cuotas de cada socio, el objeto, el plazo, el domicilio y los datos referentes a la inscripción.
Se agregará un ejemplar de cada publicación al legajo de la sociedad. (*)
(Publicación). Inscripto el contrato en el Registro Público de Comercio dentro de los sesenta días siguientes se publicará un extracto del mismo, que contendrá la denominación de la sociedad, el nombre de los socios, el capital con determinación de las cuotas de cada socio, el objeto, el plazo, el domicilio y los datos referentes a la inscripción.
Se agregará un ejemplar de cada publicación al legajo de la sociedad.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.