Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 226

Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Contenido del contrato). Además de lo previsto en el artículo 6º el contrato constitutivo deberá determinar el número y monto de las cuotas que corresponda a cada socio, el valor asignado a los aportes en especie y la mención de los antecedentes justificativos de la avaluación, el régimen de administración, representación y en su caso, el sistema de fiscalización interna de la sociedad (artículo 238).

← Artículo 225 Ver en la norma completa Artículo 227 →