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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 64

Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Decreto-Ley N.º 15.524 de 1984

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(*)

Notas

  • TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.524 de 09/01/1984 artículo 64.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

(*)

Anterior Texto original Decreto Ley N.º 15.524 · 30/01/1984

Sin perjuicio de la inclusión de todos lo documentos y actuaciones que se relacionen con el acto impugnado, los antecedentes administrativos deberán comprender el texto del referido acto, todos los elementos (dictámenes, informes, actuaciones sumariales, etc) que hayan precedido a su formulación así como también la constancia de su notificación, los recursos administrativos interpuestos y la totalidad de las actuaciones cumplidas con posterioridad.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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