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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 118

Plan Nacional de Viviendas · Ley N.º 13.728 de 1968

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente será el organismo central coordinador del Sistema Público de Producción de Viviendas.

En ese carácter tendrá la responsabilidad del cumplimiento de los planes de vivienda en cuanto a metas, del número de viviendas y distribución geográfica y sin perjuicio de todos los cometidos asignados por la ley 16.112, de 30 de mayo de 1990. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 16.237 de 02/01/1992 artículo 1. Ver en esta norma, artículo: 119.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.728 de 17/12/1968 artículo 118.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 16.237 · 02/01/1992

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente será el organismo central coordinador del Sistema Público de Producción de Viviendas.

En ese carácter tendrá la responsabilidad del cumplimiento de los planes de vivienda en cuanto a metas, del número de viviendas y distribución geográfica y sin perjuicio de todos los cometidos asignados por la ley 16.112, de 30 de mayo de 1990. (*)

Anterior Texto original Ley N.º 13.728 · 27/12/1968

El Instituto Nacional de Viviendas Económicas será el órgano central del sistema público de producción de viviendas. En ese carácter tendrá la responsabilidad del cumplimiento total de los planes de vivienda en la parte correspondiente al sector público y en particular la consecución de las metas en lo que se refiere a número de viviendas a construir, distribución geográfica y por nivel de ingresos, tipos de vivienda, inversiones, etc.

Para el cumplimiento de ese objeto, el Instituto Nacional de Viviendas Económicas tendrá a su disposición en la forma que se detalla en el artículo 90, inciso A) y en el artículo 93, inciso A) de la presente ley, el total de los recursos de préstamo y subsidio que el Plan asigne a este fin.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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