Artículo 49
Reglamento de la Ley de Migraciones · Decreto N.º 394/009
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
El ingreso de estudiantes extranjeros a la Universidad de la República será regulado por lo establecido por su Ley Orgánica y demás disposiciones que dicte el Consejo Directivo Central de dicho Ente Autónomo.